Fue en enero de este año cuando se promulgó la ley que busca solucionar la deuda histórica docente y que contempla un pago, por única vez, de $4,5 millones a cada persona afectada. Con esto, se beneficiaría a cerca de 57 mil docentes por la deuda generada entre los años 1980 y 1987.
Desde el Colegio de Profesores publicaron un instructivo, recordando a los docentes que el pago comenzará a fines de este mes y se hará efectivo a aquellas personas de mayor edad que cumplen con todos los requisitos correspondientes.
Por otro lado, los resultados de la postulación se pueden revisar en soluciondeudahistorica.mineduc.cl con Clave Única. Además destacan que “el Mineduc difundirá por sus redes sociales cuando se encuentre disponible el resultado de cada postulación. Prontamente, se informará este resultado a quienes realizaron su entrega de antecedentes antes del 22 de junio de este año“.
A quiénes se pagará la deuda histórica
Existirán seis períodos de pago, en consideración a los cupos disponibles por año priorizados según criterio de edad. Se comenzará con las personas de mayor edad a las de menor edad. A cada grupo se pagará en 2 cuotas. La primera en octubre del año respectivo y la segunda en enero del año siguiente al inicio de su pago.
El aporte será transmisible por causa de muerte si el docente fallece después de entregar los antecedentes que permitan confirmar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, en caso de que no alcance a percibir de manera íntegra este aporte. Los docentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para hacer entrega de la información requerida: aportar su manifestación de voluntad, presentar sus antecedentes y suscribir las declaraciones juradas.
¿Qué es la deuda histórica?
Según explica el Mineduc, se le denomina Deuda Histórica al perjuicio salarial que sufrieron miles de profesoras y profesores de escuelas públicas durante la dictadura. Esto, cuando la administración de los establecimientos fue traspasada desde el Estado a las municipalidades, lo que impidió que los profesionales recibieran el reajuste salarial que estaba contemplado en el Decreto Ley N° 3.551 (Artículo 40), pues este fue desconocido por sus nuevos empleadores. Esto hizo que vieran mermados sus salarios, por lo que en las últimas cuatro décadas miles de docentes han exigido la reparación de esta deuda.
| Periodos de pago | Fechas de pago | Cupos para profesionales de la educación | |
| Cuota 1 | Cuota 2 | ||
| Año 1 – 2025 | Octubre 2025 | Enero 2026 | 15.560 |
| Año 2 – 2026 | Octubre 2026 | Enero 2027 | 6.300 |
| Año 3 – 2027 | Octubre 2027 | Enero 2028 | 6.000 |
| Año 4 – 2028 | Octubre 2028 | Enero 2029 | 7.500 |
| Año 5 – 2029 | Octubre 2029 | Enero 2030 | 6.800 |
| Año 6 – 2030 | Octubre 2030 | Enero 2031 | 15.400 |
| Total | 57.560 | ||
Fuente: The Clinic





