El connotado académico y columnista expuso que el fallo arbitral no debía ser anulado, ya que desde el comienzo Joyvio pidió una compensación por el sobreprecio y no una indemnización por el dolo causado, lo que estaría en el centro de la disputa.
El debut de Carlos Peña ante las cortes chilenas en el marco del Caso Australis estuvo marcado por un alegato de alta densidad jurídica y una férrea defensa del laudo arbitral que condenó a Isidoro Quiroga, el antiguo controlador de la salmonera, a restituir parte del precio de la compraventa, que al día de hoy asciende a más de USD 300 millones. En la audiencia ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el abogado de Joyvio centró su exposición en demostrar que no existían vicios que justificaran la nulidad del fallo, subrayando el carácter excepcional y restrictivo de este tipo de recursos.
Uno de los momentos más relevantes de la jornada se produjo durante el intercambio entre un magistrado de la Sala y el abogado de la contraparte, Cristóbal Eyzaguirre, defensor de Isidoro Quiroga. El juez consultó directamente si la compensación por sobreprecio había sido solicitada por la demandante en el arbitraje. Eyzaguirre respondió afirmativamente, precisando que dicha petición se encontraba formulada expresamente en la letra Q de la demanda arbitral.
Ese diálogo fue clave para el desarrollo posterior del alegato de Peña. A partir de ese reconocimiento, el también rector de la Universidad Diego Portales sostuvo que el recurso de nulidad carece de sustento, pues el tribunal arbitral no resolvió sobre materias ajenas a lo pedido, ni incurrió en una decisión sorpresiva. Según explicó, desde el inicio del arbitraje estuvo en discusión la compensación por el sobreprecio pagado, lo que fue objeto de debate, prueba y análisis por los árbitros.
Peña enfatizó que la defensa intenta confundir deliberadamente la compensación económica derivada de un incumplimiento contractual con una indemnización por dolo. En esa línea, advirtió que el recurso busca reabrir el fondo del conflicto y transformar a la Corte en una instancia revisora del mérito del fallo, algo incompatible con la esencia del recurso de nulidad y por ende con el sistema de arbitraje comercial internacional.
Con ello, el alegato de Joyvio dejó planteado un marco claro para la decisión del tribunal: no se trata de evaluar si el laudo gusta o no a una de las partes, sino de verificar si se configura alguna de las causales especificas del recurso de nulidad, en este caso a saber si el laudo se ajustó efectivamente a lo pedido por el demandante. A juicio de Peña, y según quedó reflejado en la audiencia, el fallo arbitral cumple plenamente con esos estándares.
A continuación un video que relata los puntos principales de la audiencia.





