Vocales de mesa para primarias: quiénes pueden excusarse y cuál es el plazo para hacerlo

La ley establece distintos requisitos para poder excusarse de ser vocal de mesa en las primarias del próximo 9 de junio.

El Servicio Electoral (Servel) liberó la nómina de los electores que fueron seleccionados para ser vocales de mesa en las próximas elecciones primarias, de cara a los comicios de octubre próximo.

Las primarias tendrán lugar el próximo 9 de junio, donde los electores podrán seleccionar a quiénes competirán por las alcaldías o gobiernos regionales.

De acuerdo a lo establecido en las negociaciones partidarias para definir a sus cartas más competitivas, serán 60 comunas del país donde se efectuarán estos comicios preliminares para definir a los candidatos a alcaldes para competir el próximo 27 de octubre.

Entre el 20 y el 23 de mayo está fijado el plazo para poder excusarse de ser vocal de mesa ante las Juntas Electorales

Asimismo, tras finalizar este proceso, la lista de vocales reemplazantes se publicará el 25 de mayo.

¿Cómo excusarse de ser vocal de mesa?

Según las causales establecidas por la ley 18.700, quienes fueron sorteados como vocales de mesa pueden excusarse siempre y cuando cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

  • Haber sido designado miembro del colegio escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, hecho que deberá ser acreditado con certificado de un médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico.
  • Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.

Las excusas deberán ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral asignada.

Fuente: La Tercera