La Corte Suprema condenó a un médico y a la clínica de Antofagasta a pagar solidariamente una indemnización de $50 millones por una negligencia médica. En concreto, se acusa de una intervención intestinal negligente y abandono de la víctima en la etapa postoperatoria que derivó en la perforación del duodeno.
En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal estableció la responsabilidad de los demandados al incumplir las prestaciones contratadas por la paciente.
“Se encuentra asentado por el tribunal a quo –y que esta Corte lo comparte– que el médico tratante Sr. Flores actuó con imprudencia (con una falta de atención y previsión) al haber hecho caso omiso a las diversas quejas y síntomas manifestadas por la paciente en el post operatorio de la primera cirugía, transcurriendo al menos 7 días desde que se practicó la operación (el 31 de marzo de 2016) hasta que se hizo el examen TAC que correspondía (el 7 de abril de 2016)”, sostiene el fallo.
Junto con eso, se agrega que “lo reprochable es el retardo en controlar y tratar las complicaciones postoperatorias presentadas por la demandante. No cumpliendo con otorgarle una atención más acuciosa a la sintomatología presentada que hubiera permitido aminorar el tiempo de sufrimiento al que se vio expuesta. Y a una falta de previsión en las posibles complicaciones que implicaba un post operatorio de una obstrucción intestinal con resección de parte del intestino, lo que finalmente ocurrió. Por cuanto la paciente resultó con una sepsis abdominal y nuevas perforaciones intestinales“.
“La Clínica también es responsable del abandono sufrido por la actora. Al encontrarse esta última hospitalizada en dependencias del recinto médico y bajo el cuidado del personal de la misma clínica. Por cuanto a pesar de que la paciente reseñó los síntomas que sentía durante 6 días, lo que fue consignado por las enfermeras en las hojas de atención. No se le realizó el examen necesario, oportunamente, para pesquisar las complicaciones post operatorias. Por esa omisión, se extendió el padecimiento de la demandante de manera innecesaria”, se apunta en la resolución.
El detalle de la negligencia médica
El fallo consigna que entre la primera intervención y la segunda, dado el estado de la paciente y su abandono, el duodeno se perforó. Lo que no fue advertido ni observado por el médico tratante ni por el personal de la Clínica“.
Junto con eso, se detalla en la segunda operación la paciente se mantuvo con un diagnóstico post operatorio de ‘peritonitis difusa y dehiscencia de puntos de sutura’. Recién en la tercera operación (a cargo de otro equipo médico) se percataran de la perforación del duodeno. “Todo lo que constituye una infracción a la lex artis por parte del médico por no prever en la segunda cirugía que el duodeno se encontraba comprometido por la sepsis abdominal, la dehiscencia de suturas y por nuevas perforaciones intestinales, que ya sufría la paciente a esa fecha”, recalca el fallo.
De esta forma, se condenó a Carlos Gabriel Flores Meneses y al Centro Médico Antofagasta S.A. (o Clínica Antofagasta), a pagar in solidum o en forma concurrente en favor de la paciente, a título de indemnización por daño moral, la suma de $50 millones con reajustes.
Fuente: The Clinic