Otra vez, 43. Casi por quinto año consecutivo, exceptuando el 2021, 43 mujeres han muerto asesinadas por motivos de género en Chile. Esto, según las cifras oficiales sobre femicidios consumados del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (Sernameg).
No obstante, si hablamos de femicidios frustrados, la cifra se dispara y se hace más grande cada año. En 2024, se registraron 319 casos. Para hacerse una idea, en 2020 se registraron 151. Si se le suman además los femicidios tentados, la cifra sube aún más.
Las cifras de femicidios en Chile en los últimos años
De acuerdo con los datos de Sernameg, las cifras de femicidios en Chile han evolucionado de la siguiente forma a lo largo de los últimos 15 años:
2010: 49 femicidios consumados.
2011: 40 femicidios consumados
2012: 34 femicidios consumados y 82 femicidios frustrados.
2013: 40 femicidios consumados y 76 femicidios frustrados.
2014: 40 femicidios consumados y 103 femicidios frustrados.
2015: 45 femicidios consumados y 112 femicidios frustrados.
2016: 34 femicidios consumados y 129 femicidios frustrados.
2017: 44 femicidios consumados y 115 femicidios frustrados.
2018: 42 femicidios consumados y 121 femicidios frustrados.
2019: 46 femicidios consumados y 109 femicidios frustrados.
2020: 43 femicidios consumados y 151 femicidios frustrados.
2021: 44 femicidios consumados, 163 femicidios frustrados y 24 femicidios tentados.
2022: 43 femicidios consumados, 180 femicidios frustrados y 27 femicidios tentados.
2023: 43 femicidios consumados, 259 femicidios frustrados y 46 femicidios tentados.
2024: 43 femicidios consumados, 319 femicidios frustrados y 80 femicidios tentados.Si revisamos las cifras en lo que va desde el 2025, en Chile se han registrado 9 femicidios consumados, 47 frustrados y 9 tentados.
El femicidio consumado ocurre cuando un hombre asesina a una mujer por razones de género y logra su cometido. El femicidio frustrado ocurre cuando el agresor realiza todo lo necesario para matar a la víctima, pero no lo logra por factores externos, como la intervención de terceros o recibir atención médica oportuna. En cambio, el femicidio tentado sucede cuando se inicia el ataque con intención de matar, pero no se logra completar.
En pocas palabras, cuando hablamos de femicidio frustrado, el crimen está casi consumado y es detenido por circunstancias ajenas al agresor; en el tentado, el ataque comienza, pero no se concreta.
¿Qué nos dicen las cifras sobre femicidios en Chile?
Según las cifras oficiales, los femicidios consumados en Chile han oscilado entre los 34 y 49 casos anuales desde 2010, y desde 2020, el número se ha mantenido relativamente estable, en torno a los 43-44 casos por año. No obstante, y como se señaló al inicio, algunas de las cifras que llaman la atención son el creciente aumento en los femicidios frustrados, que pasaron de 82 en 2012 a 319 en 2024. Así mismo, los femicidios tentados, registrados desde 2021, crecieron de 24 a 80 en solo tres años.
Aunque este aumento puede responder a una mayor visibilización y denuncia, también podría indicar un crecimiento real de la violencia contra las mujeres. La estabilización de los femicidios consumados sugeriría que las intervenciones han evitado más muertes, aunque tampoco las han disminuido ni han detenido los intentos.
Para Javiera Canales, abogada y directora ejecutiva de Corporación Miles, eventos como el Mayo Feminista de 2018 generaron “una mayor concientización y una falta de tolerancia colectiva respecto de la violencia contra la mujer. Entonces esto también genera que más mujeres se atrevan a denunciar (…) hay un cambio social a partir del 2018 muy fuerte”.
Canales también hizo hincapié en que el 2021 se amplió la definición de femicidio con la Ley Gabriela, “por tanto, varias de las violencias graves que sufrieron las mujeres que sobrevivían, o incluso algunas muertes, hoy son reconocidas por femicidio, que antes no”.
El femicidio como figura legal en Chile
“La violencia hacia las mujeres es una problemática sociocultural que, si bien toma lugar predominantemente en los espacios privados, se ejerce en todo momento y lugar, ocurriendo en espacios públicos, laborales, educativos y en la calle”, expresa Sernameg en uno de sus informes.
Aunque el femicidio se conceptualizó durante los años noventa en términos sociopolíticos, en Chile recién fue tipificado como delito en 2010. Luego, en 2021, fue ampliado con la Ley Gabriela, que incorporó el femicidio no íntimo, considerado como todo asesinato de mujeres y niñas en razón de su género. Antes, solo se consideraba a los asesinatos de mujeres por sus cónyuges o ex cónyuges y convivientes, a los padres de hijos/as en común y a las parejas sin convivencia.
¿Qué significa que un asesinato sea por motivos de género? Fuera de los casos anteriores, según la Ley 21.212, se considerará que existe razón de género cuando la muerte se produzca en alguna de las siguientes circunstancias:
1.— Ser consecuencia de la negativa a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual.
2.— Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución, u otra ocupación u oficio de carácter sexual.
3.— Haberse cometido el delito tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 372 bis.
4.— Haberse realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
5.— Haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminación.
Una palabra controversial
Hoy en día, el término «femicidio» genera controversia en algunos sectores políticos, y en países como Argentina, incluso ha sido eliminado como delito. Al respecto, Canales explica que “el femicidio no es un homicidio común porque responde a un patrón de violencia estructural contra las mujeres”.
“No es que una vida valga más que la otra, sino que el asesinato de mujeres por razones de género tiene características específicas que requieren una respuesta diferenciada”, precisó la abogada. De hecho, el Ministerio Público indica que, aunque todos los femicidios son un tipo de homicidio, no todos los homicidios de mujeres son femicidios.
“Tener el femicidio como figura legal permite mejores herramientas para la persecución penal con agravante específica, mayor reconocimiento de la violencia de género como un problema estructural, políticas públicas y prevención dirigida a reducir estos crímenes y también tener cifras”, indicó la abogada.
Según explicó, en países donde el femicidio no es un delito específico, las penas pueden ser menores y la violencia de género queda diluida dentro del homicidio común sin considerar las condiciones específicas del crimen. “Por tanto, eliminar el término sería un retroceso en el reconocimiento de los derechos de las mujeres y en la prevención de la violencia”, manifestó la directora ejecutiva de Corporación Miles.
En esa misma línea, la abogada y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Bárbara Sepúlveda, argumentó en una columna para este medio que “el tipo penal de femicidio ha sido criticado bajo el argumento de que vulnera la igualdad ante la ley. Pero estas críticas pasan por alto un principio básico de justicia: tratar igual a quienes se encuentran en situaciones desiguales no es equitativo”.
“Pretender que los asesinatos de mujeres por razones de género son equivalentes a otros homicidios comunes, invisibiliza las motivaciones específicas de estos crímenes y perpetúa su tratamiento como hechos individuales y desvinculados de su contexto social y cultural”, puntualizó.
Fuente: BioBioChile