Conferencia Episcopal acusa «ilegalidad» en el reglamento sobre objeción de conciencia del Minsal

Este lunes, la Conferencia Episcopal hizo su presentación ante la Contraloría General de la República. Esto, por el reglamento del Ministerio de Salud (Minsal) sobre la objeción de conciencia.

En concreto, se trata de un documento que “Modifica Decreto Supremo N° 67 de 2018 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento para ejercer objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario”.

Ahora, durante la presentación de un documento, los obispos aseguraron que dicho reglamento “adolece de vicios de inconstitucionalidad e ilegalidad”, según sus argumentos presentados ante la CGR.

Previo a presentar los antecedentes, el escrito de los representantes de la Iglesia hace hincapié en que la objeción de conciencia es un derecho humano fundamental arraigado en la libertad de conciencia.

Y, por lo tanto, “restringir este derecho puede afectar otros derechos fundamentales como la igualdad y la no discriminación”. De esta manera, recordaron que el derecho a la libertad de conciencia está en la Constitución.

“Dicha libertad ampara a personas naturales e instituciones a negarse a realizar actos que violen sus convicciones éticas, morales, religiosas, profesionales u otras de relevancia”, aseguraron.

De esta manera, los pastores calificaron de “no razonables, ni objetivas” una serie de distinciones que realiza el nuevo reglamento.

Específicamente, desde la Conferencia Episcopal acusan que existe “limitación respecto a las acciones y personas en las que procede manifestar objeción de conciencia”.

Además de “favorecimiento arbitrario de los no objetores en la distribución de turnos y en la contratación de personal médico”. Igualmente, acusaron que “las modificaciones discriminan en razón de las creencias morales o religiosas del personal médico y no de su idoneidad”.

Finalmente, sostienen que el reglamento contiene “medidas que imponen condiciones que dificultan y/o desincentivan el libre ejercicio del derecho a la objeción de conciencia”.

Revisa el documento completo:

Fuente: BioBioChile